Historia de la familia Pesoa y los terrenos de los jesuitas

Gran fracción de tierras de Caballito perteneció a la Compañía de Jesús y que, expulsada ésta, pasó a la nueva Oficina de Temporalidades, que la arrendó en pequeñas quintas oscilantes entre 1 y 20 hectáreas.

Al sobrevenir la expulsión de los jesuitas en 1767, las mencionadas sobras, incluidas dentro de la Chacarita de Belén, pasaron a poder de la oficina de Temporalidades, procediéndose a fraccionarlas y arrendarlas en pequeñas quintas.
Pero a fines del siglo XVIII, apareció por la zona el matrimonio compuesto por Agustín Pesoa y Agustina de Echevarria, alegando derechos sobre las tierras de chacra contiguas a la de Belén por el oeste, intermedias con la de don Isidro Lorea, con unas 700 varas de frente. Don Agustín, nacido en Buenos Aires en 1737, era hijo del capitán Antonio de Pesoa y Figueroa, y su esposa doña Agustina, era hija natural de don Juan Bautista de Echevarría y Almijo y de doña María Bárbara de Astorga y Ureta, el primero acaudalado comerciante de Valparaíso, afincado desde antiguo en nuestra ciudad, que la legitimó por un posterior casamiento.

En abril de 1799, don Agustín no sólo comenzó a visitar a varios arrendatarios notificándoles que esos terrenos eran de su propiedad, los intimó a pagarle los arrendamientos en vez de hacerlo a la oficina de Temporalidades, que así se denominaba el organismo que administraba las tierras de los expulsados jesuitas. Como era lógico, ello provocó un notable revuelo entre los pobladores del lugar, que se negaron a reconocer sus presuntos derechos.

Pesoa inició contra ellos un juicio de resultado incierto, pues obligado a presentar las escrituras de su propiedad, dilató el asunto con diversas excusas, dejando las actuaciones en el estado en que se encontraban durante largo tiempo. Finalmente, los expedientes desaparecían misteriosamente.

Don Agustín, era hombre de “agallas” y no perdía su tiempo. Decidido por cualquier medio a obtener esas tierras, una patota de esbirros suyos se ocupó, al mejor estilo mafioso, de amedrentar a los labradores, llegando en algunos casos a las vías de hecho; en otros, se contentaban en época de cosechas, con tajearles con navajas los sacos de grano derramándoles el cereal por el suelo y otros hechos francamente delictuosos.

El robo de los expedientes judiciales, le servía para posteriores presentaciones. Pesoa siempre mencionaba esos pleitos inexistentes como origen de sus derechos, con el fin de impresionar a los jueces, confundir a los arrendatarios y obtener un reconocimiento de sus inexistentes derechos.

Pasaron así algunos años y, periódicamente, don Agustín hacía reclamos a los labradores, ya mencionamos con qué métodos, consiguiendo de esta forma que algunos se allanaran a pagarle los arrendamientos, interesante antecedente que en apoyo de sus pretensiones, esgrimía cada vez que se veía apremiado por la justicia.

Cuando enfermó gravemente, recomendó a su esposa continuar los pleitos, sin abandonar las tierras. En su testamento otorgado en 1811, aconsejaba a doña Agustina que tomara “por consultor de ella al Dr. Alejo Castex con cuya dirección deberán precisamente proceder en todo caso”. Poco tiempo después, fallecía en esta ciudad.

Doña Agustina de Echevarría

Mujer decidida y enérgica, digna sucesora de su esposo, la viuda de Pesoa no retrocedió ante ningún inconveniente y con el patrocinio de Alejo Castex se presentó reiteradamente ante la Real Audiencia accionando contra los arrendatarios que se negaban a pagar su porcentaje de semillas.

En ninguna oportunidad pudo presentar títulos convincentes, pero bien asesorada legalmente por su abogado el Dr. Castex, quien hacía gala de una especial habilidad para manejar los diversos argumentos, consiguió que su cliente pudiera eludir tan espinoso tema, aunque no pudo evitar contradecirse muchas veces en los escritos.

En un oficio judicial, doña Agustina afirmó que le correspondían los arrendamientos de estas tierras pues “desde tiempos muy remotos se halla mi casa en la posesión de percibirlos continuando la que tuvieron Dn. Manuel de Arce y Sotomayor y su viuda Da. Teresa de Ureta, de quien las heredó mi madre Da. María de Astorga, que es el título por que me corresponde”.

Otra vez señaló que ellas eran herencia paterna, pero que no podía presentar los títulos porque “habiéndolos entregado mi padre Dn. Juan Bautista Echevarría a Dn. Juan de Lezica con motivo de haverle hecho venta de ellas no pudieron luego recogerse del comprador, sin embargo de haberse dado por nula la venta”.

En otra presentación, intentó presentar como títulos “una transacción con el finado D. Isidro Lorea sobre unos terrenos en el Partido de la Matanza” y con el mismo descaro, en otro escrito presentó “la escritura de compra otorgada a favor del Licenciado Dn. Alonso Pastor, uno de mis actores”.

Lo cierto era que Pastor, esposo de doña Teresa de Ureta, nada tenía que ver con esta propiedad; había comprado la chacra que luego fue de Juan Diego Flores al fiado y como no pudo pagar su importe, le fue quitada la propiedad y anulada la venta. Con un testimonio de esa compra, pretendía doña Agustina confundir las tierras, alegando derechos a las que estaban en litigio.

Por todas estas maniobras de su letrado, la viuda obtuvo finalmente que se deslindaran estas tierras de la antigua Chacarita de Belén y en febrero de 1813 libró un oficio para que el juez le autorizara a cobrar los arrendamientos.
Ello reabrió nuevamente el problema de los labradores ocupantes, quienes promovieron una enconada resistencia; la mayoría alegaba que había entrado en esos terrenos “estando baldíos y en buena fe de que eran realengos”.
A uno de los mayores opositores, el capitán Celestino Salguero, se le libró un embargo en julio de 1813 sobre las carretadas de leña que extraía para su venta, a fin de cobrar de allí el arrendamiento, que en el caso de este vecino importaban tres fanegas de trigo anuales.

Se defendió Salguero contra lo que consideraba un verdadero despojo y haciendo la relación del origen de estas tierras afirmó en un escrito judicial: “sepa la viuda que los terrenos que disfruta fueron de los ex-jesuitas y se llamaban Suerte de la Residencia; sepa que pasaron a Temporalidades…” y entonces se arrendaron. En cuánto a los títulos de Pesoa señalaba: “La verdad es que Pesoa extrechado a presentar títulos dixo alguna vez, y vive quien lo hoyó, que los que tenía estaban en el Cielo: quien sabe si se partió de esta a la otra vida -afirmaba con ironía- para remitirle a Da. Agustina estos documentos…”

También siguió la viuda de Pesoa, con el patrocinio del mismo letrado, juicios contra Manuel García, Andrés Valenzuela, Teresa Murinigo, Miguel Guzmán, Pablo Cruz, Benito Angenelo y otros y consiguió finalmente el reconocimiento pleno de sus derechos.

La mensura de los terrenos

El 22 de diciembre de 1812 se dio a doña Agustina, posesión oficial de las 700 varas de tierras en discusión, aunque el amojonamiento de las mismas recién se realizó el 6 de diciembre de 1816.

Esta diligencia duró tres días y estuvo a cargo de don Antonio Millán y del agrimensor José de la Villa. Comenzaron el trabajo midiendo con una cuerda de cáñamo de 100 varas y colocada la aguja con 15 grados de variación, se dirigió la visual a la casa de Salvador Domínguez, que estaba en el linde divisorio de Pesoa y Lorea.

Se comenzó a medir desde la barranca alta y en tres días se deslindaron las propiedades de Pesoa con Lorea y la Chacarita de Belén y de esta última con los Berois, sus vecinos del este. Se edificaron mojones de cal y ladrillo, que se colocaron en sustitución de los antiguos de piedra.

En la divisoria entre Pesoa y Lorea y cerca de “la calle del camino que va de la Capilla a Sn. José”, se debieron vencer “los obstáculos de tantos montes, cercos y sanjas” y luego siguieron hasta la calle “que va a los ombuces del Acesor”.
Por esta mensura quedaron “la pólvora y guardia comprehendida en terrenos de D. Agustín Pesoa” y los fondos dieron en la Chacarita del Colegio. Esta mensura dio lugar a un litigio entre la viuda de Pesoa y el gobierno, por el cual “de resultas de esta decisión obtenida el año pasado de 1817 en contradictorio juicio con el Ministerio fiscal -señalaba doña Agustina- quedé dueña del terreno en que está el edificio de la Pólvora llamada de Flores”.
Y a partir de 1820, la viuda de Pesoa procedió a fraccionar en quintas su propiedad, anunciando la venta en La Gaceta del 10 de mayo de ese año:

“El que quiera comprar unas tierras de quinta que existen cuatro cuadras antes de llegar a San José de Flores de la propiedad de Doña Agustina de Pesoa, podrá verse con dicha Señora que vive cuatro y ? cuadras de la plaza mayor para el poniente, calle de las torres”.

Los herederos de doña Agustina

Para entrar de lleno en el tema del fraccionamiento de la chacra de Pesoa, conviene detenernos un poco en la genealogía de esta familia, porque sus descendientes han tenido una importante gravitación en el trabajoso reparto de las tierras de Flores y Caballito.

El 4 de octubre de 1824 doña Agustina Echevarria de Pesoa extendió su testamento largo, señalando que había casado con Agustín Pesoa y Figueroa, hijo de Antonio de Pesoa y Figueroa y de Josefa Barragán y Cruz con quien tuvo diez hijos, pero sólo sobrevivieron a su madre dos mujeres, Juana Paula Pesoa de Fernández de Castro y Ana Pesoa de Mosquera. En su testamento del 4 de octubre de 1824, doña Agustina las designaba albaceas junto con el Dr. Alejo Castex.

Una tercera hija, María Dolores Pesoa de Montalvo, había fallecido años atrás dejando seis hijos, dos varones y cuatro mujeres y doña Agustina había criado a sus nietas “a causa de no hallarse capaz mi yerno Dn. José Montalvo por los muchos años y enfermedades que le acompañan”.

A su vez, Ana Pesoa casada con Ramón Mosquera, no dejó descendientes. En su testamento, doña Agustina Echevarria de Pesoa manifestaba: “que mantengo y poseo unos terrenos de chacras en las inmediaciones de San José de Flores y de ellos tengo enagenados algunos por escrituras públicas tanto de dos donaciones que he hecho como de venta, a los quales quiero que se les de todo el valor y fuerza que en si tienen, sin contravenir en modo alguno a su tenor.”
Doña Agustina legaba el quinto de sus bienes para sus seis nietos hijos de José Montalvo y José Fernández de Castro. Sus nietos Montalvo quedaron bajo la tutoría de Santiago Gutiérrez.

Ignoramos la fecha exacta de su fallecimiento. Sus últimas ventas registradas son de fines de 1827 y para 1830 ya era difunta. En la sucesión, la casa familiar de la calle de La Plata, después Rivadavia, heredada de sus padres, fue adquirida por su yerno Mosquera en 1830.

La sucesión de Agustina Echevarria de Pesoa, nunca se inició. Sus hijas dispusieron de las diversas fracciones de quintas vendiéndolas o arrendándolas, simplemente en base a su testamento. Pasaron los años y el resto quedó indiviso entre sus descendientes, especialmente sus nietos los Montalvo, quienes además eran beneficiarios de la herencia de su tía Ana Pesoa de Mosquera. Las tierras de Caballito y Flores estaban en gran parte ocupadas por labradores y las hermanas María, Justa, Josefa y Benedicta Montalvo fueron vendiendo algunas fracciones en los últimos años del gobierno de Rosas y cobrando las rentas de las restantes.

El Polvorín de la Residencia
En realidad esta gran fracción de chacra que tan fácilmente había obtenido la señora de Pesoa, había formado parte de la antigua Chacarita de Belén, propiedad de la Compañía de Jesús que pasó a poder de la Oficina de Temporalidades al expulsarse a los jesuitas en 1767. Allí, en marzo de 1781 se comenzaron a construir: “los almacenes de Pólvora y Cuerpo de Guardia, de cuenta de la Real Hacienda… habiéndose consumido el material y maderas que contenían las fincas en la construcción que hicieron de nuevo”.
A fines de 1784 ya estaban terminadas las obras del denominado entonces, “Polvorín de los Hornos de la Residencia”, utilizándose gran parte de las maderas y ladrillos de los viejos edificios jesuíticos. El comandante Francisco Betbezet, por orden del virrey Vértiz ocupó en diciembre de ese año los almacenes y la guardia, esta última dividida a su vez en dos habitaciones, una para los oficiales y otra para la tropa, enviándose pólvora desde los polvorines de Cueli y de la Residencia.
Más tarde y pese a estar construida en edificios del Estado, se la denominaba en algunos documentos “Pólvora de Juan Diego Flores” y a lo largo de los años se realizaron diversas modificaciones de importancia. En 1799 se cambiaron los marcos de las ventanas y los tejados, los tirantes de palma y otras adiciones.

Invasiones: mueren 20 soldados británicos
El Polvorín adquirió notoriedad durante las invasiones inglesas en que fue ocupado por un centenar de soldados británicos al mando de un capitán, quienes evacuaron la pólvora en una caravana de 24 carretas. El capitán Gillespie narra el luctuoso suceso sin darle mayor importancia, de la siguiente forma: “Se recibió noticia de existir un gran polvorín en Flores, como a tres leguas de la ciudad, que como dependencia militar debía haber sido entregado junto con ella, según las leyes del honor. Este polvorín, sin embargo, se reservó para depósito de sus levas en la campaña… y se habían ya expedido de allí suministros para un ejército en formación apresurada al mando de Pueyrredón. Se le ordenó al capitán Ogilvie ir allá para completar nuestros carros de artillería y con instrucciones de hacer volar el remanente. Tuvimos dos muertos y algunos heridos graves en aquel servicio, por accidentes.”
Pero Juan M. Beruti en sus “Memorias Curiosas” da otra versión del mismo suceso. Dice este autor, que los ingleses trasladaron sólo una parte de las existencias de pólvora y lo sobrante: “la echaron en el pozo del agua del mismo almacén y el resto por no caber, la desparramaron en el suelo y la revolvieron con tierra; al mismo tiempo pasaba un buey, lo cogieron y mataron y habiendo hecho fuego para asarlo y comerlo, sin embargo de estar la pólvora revuelta con tierra, se pegó fuego y alcanzó hasta el pozo donde estaba la mayor porción. Esta se prendió, reventó y mató más de 20 hombres y otros tantos heridos”.
En 1823 el contratista Anastasio Patrón reparó a nuevo los edificios, aunque para esta época el terreno en litigio ya había sido adjudicado a doña Agustina Echeverría. La viuda de Pesoa se presentó al gobierno el 19 de septiembre, expresando que si bien había procedido a lotear los terrenos de su propiedad en pequeñas quintas: “la misma suerte hubiera corrido ya el terreno en que está la Pólvora; pero nadie me lo quiere comprar ni arrendar por el inconveniente de este edificio del Estado, cuyo destino es tan opuesto a la población inmediata. Con este motivo y considerando que al mismo Estado le sería ventajoso reunir en el edificio de Cueli la poca pólvora que existe en el de Flores con ahorro del gasto mensual de los milicianos que la custodian… he pensado proponer a V.E. como lo hago, doscientos pesos por el dicho edificio. De este modo, Exmo. Señor, quedaré expedita para vender mis terrenos: los circunbecinos quedarán tranquilos con que se les quite de las cercanías la Pólvora que les perjudica por su inmediación y temores que son consiguientes, la Provincia ahorrará de contado una guardia de diez o doce hombres que mantiene allí a sueldo mensual y recibirá en cajas el importe de su edificio, que para particulares no tiene de servible sino el material; quedaré también yo compensada en algún tanto del perjuicio de no haber cobrado arrendamiento al Estado por todo el tiempo que el terreno está declarado a mi favor y libre del inconveniente que me estorba vender aquellos terrenos”.
Ofrecía pagar 200 pesos por los edificios, que eran dos almacenes y cuatro piezas para el cuerpo de guardia. Pasado el expediente a consideración del general Rondeau, por entonces Inspector de Guerra, señaló acertadamente que: “la oferta que se hace para la compra del edificio es demasiado extraña, pues tiene entendido esta Inspección que procediéndose a su tasación, por baja que esta sea, importa diez veces más que lo ofrecido, y que son de consideración los gastos hechos en este año para su refacción…” Y opinaba que podría pagarse arrendamiento al dueño mientras se ocupe, y que “llegado el caso de venderse, se deben oír proposiciones más racionales”.

Compra del Polvorín por el Estado
Por su parte, tanto el Comandante del Parque José María Roxas como el ministro Fernández de la Cruz, acotaban la imposibilidad de trasladar los 900 quintales de pólvora, ya que el polvorín de Cueli estaba colmado y además existía “la dificultad de encontrar un edificio a competente distancia de la ciudad, sin población alrededor, de seguridad y bien construido para su depósito”. Roxas señalaba en su informe: “Creo será más acertado pague [el Gobierno] arrendamiento o bien compre el terreno en cuestión, que siempre será a muy bajo precio, si su dueña pide por el con proporción a la cantidad que ofrece por el enunciado edificio de Flores, compuesto de dos Almacenes y cuatro piezas de su Cuerpo de guardia techadas todas con buenas maderas de lapacho y acabados de componer en término de quedar casi nuevas”.
En octubre de 1823 se decidió la compra “por su justo valor” de los terrenos circundantes, con intervención del piloto José de la Villa quien había hecho la mensura anterior de las tierras de doña Agustina y además, se exigió que esta señora presentase el contrato por el cual se habían construido allí los edificios del polvorín.
En marzo de 1825 respondió doña Agustina por medio de su letrado -ya que era analfabeta- señalando que “la casa se construyó sin contrata alguna de mi parte y vaxo el herrado concepto de que el terreno correspondía a Temporalidades”. No sólo no pudo presentar este documento, que no existía, tampoco pudo encontrar, expresaba “a un sujeto que me de la menor razón de ella” y que por ello, volvía a insistir, “he comprendido, que el motivo de la colocación de aquel edificio en el punto que se halla, fue creyendo que el terreno pertenecía a la chacra del estado titulada de Belén que linda con la mía por la parte de la ciudad…”
Finalmente el gobierno decidió comprar los terrenos, que de acuerdo a la mensura realizada por el piloto José de la Villa, acompañado por Calixto Silvera, juez de paz de Flores y el recaudador del estado Dr. Juan José Uzin, comprendían una superficie de 9 cuadras cuadradas. Ellas se tasaron a 146 pesos cada una, ascendiendo su valor a 1457 pesos y un cuartillo de real, tomándose posesión de los terrenos, que estaban cercados por zanjas y tunas, el 27 de junio de 1825, dejándose abiertas dos calles de 20 varas cada una, al Norte y al Este.
Por un incendio en los campos linderos de doña Lucía Ormaechea, el polvorín corrió grave riesgo el 17 de febrero de 1846, pero el peligro pudo conjurarse debido a la premura y sangre fría de los soldados de guardia. En esa época era comandante el sargento mayor José Cardoso Pinto, hasta su repentino fallecimiento en octubre de 1849. Por orden de Rosas lo reemplazó el alcalde del cuartel 2° don Celestino Montarcé.
Pocos días antes de la batalla de Caseros fue ocupado por vecinos de la zona para su custodia y durante el sitio de Lagos se destinó a la Pólvora de Flores un piquete de artillería de 35 hombres al mando de un capitán.

El Parque Chacabuco
Diez años después, la ubicación del polvorín preocupaba seriamente a la Municipalidad de Flores. En sesión del 2 de diciembre de 1864, el municipal Eguía señalaba: “en virtud de estar extendida la población de San José de Flores hasta donde existe el polvorín, esta población desea que el Superior Gobierno haga lo posible para que cambie de local porque es un perpetuo amago para el vecindario y que lo más pronto que sea posible se mande una Comisión que inspeccione los pararrayos que se creen en mal estado y que se vijile, por el notable descuido que hay en ello y que los cazadores y carreteros hacen fuego cerca de el, sobre cuya moción se dispuso dirigirse al Gobierno como se propone.”
Varios vecinos de la zona se dirigieron a la municipalidad, en 1866 para solicitar el traslado del polvorín por “el mal estado del edificio de la pólvora y de lo mal cuidado que se halla este establecimiento, el que por esas causas puede ocasionar a la población de Flores un grandísimo mal, si por desgracia llegase a incendiarse”.
Comunicado el problema al Gobierno Nacional, las autoridades resolvieron “no mudar la pólvora por estar bien atendida y que por su buen serbicio no debe alejarse”. Sin éxito los municipales gestionaron que se reviera la medida, haciendo notar “ser muy al contrario su buen cuidado y servicio”.
En 1879 se dispuso repartir toda la pólvora y explosivos de propiedad de la Nación entre los polvorines de Cueli, Maldonado y Flores. Al primero se destinaron los cartuchos de artillería, al segundo la pólvora de uso comercial, mientras el edificio de Flores “por sus buenas condiciones” recibió la pólvora y munición de guerra.
El polvorín de Flores gozaba de una bien ganada fama de seguro, avalada por diversas medidas preventivas, como la construcción de espaldones de tierra para aislarlo del vecindario y la siembra de alfalfares a su alrededor, a fin de evitar los incendios por su inmediación a los hornos de ladrillo.
No obstante, el paulatino aumento de la población, hizo que el peligro de explosión siempre latente se convirtiera en un serio problema, por lo que finalmente la Nación accedió a ceder el predio a la Municipalidad, durante la intendencia de Alberto Casares, con el fin de destinarlos al trazado de un parque público. La Ordenanza del 15 de mayo de 1903 establecía:

“Art. 1° -En los terrenos conocidos por el Polvorín de Flores, se formará un parque, de acuerdo con el plano que levanten las reparticiones municipales y sea aprobado por el departamento Ejecutivo.
Art. 2° -El parque a que se refiere el artículo anterior se denominará “Parque Chacabuco”.

El nombre conmemora la victoria del general San Martín sobre el ejército realista el 12 de febrero de 1817. El antiguo polvorín y su cuerpo de guardia se demolieron en 1908 y con sus escombros se rellenaron varias calles interiores, abriéndose una avenida de dos kilómetros de largo y decorándose diecinueve canteros plantados con árboles y arbustos, obra del célebre paisajista francés Carlos Thays.
Los terrenos que ocupaban una superficie de 204.870 metros cuadrados, recién se habilitaron como parque público en 1909, destinándose una hectárea a cancha de fútbol y una pista para bicicletas, de 350 m de largo por 14 de ancho. Se llegaba al mismo desde Rivadavia por la actual calle Emilio Mitre, conocida anteriormente con el nombre de Polvorín.
El parque, junto con su zona adyacente integró el barrio de Caballito hasta que la Ordenanza Municipal N° 26.607 de 1972, lo independizó con el nombre de “Barrio Parque Chacabuco”.