El Congreso de 1824 y la Constitución Unitaria de 1826

La Constitución de 1826 fue sancionada por el Congreso General de 1824 y estableció una forma de gobierno «representativa republicana, consolidada en unidad de régimen, adoptando oficialmente la religión Católica Apostólica Romana»

Luego de varios pactos interprovinciales en donde la temática de la unión política y la organización constitucional fueron aspectos centrales, finalmente se llega a la reunión de un Congreso en la ciudad de Buenos Aires.
La organización del país seguía pendiente y el sucesor de Martín Rodríguez en la gobernación de Buenos Aires, Gregorio las Heras, convoco a un Congreso Constituyente.

Los representantes para este Congreso fueron elegidos por las provincias en número proporcional a su población, por lo que la delegación porteña tuvo mayor presencia a la hora de las decisiones. El Congreso tuvo que atender dos problemas urgentes en sus inicios. Por un lado la posibilidad de una guerra con el imperio de Brasil, debido a la
ocupación brasilera de la Banda Oriental. Por otro lado el gobierno de la provincia de Buenos Aires estaba negociando un préstamo y un tratado comercial con gran Bretaña, que se harían efectivos cuando existiera un gobierno central. Las gestiones fueron hechas por Rivadavia quien más adelante sería elegido presidente de la República Unitaria.

Igualmente aunque no se conformo un gobierno nacional, la casa prestamista británica Baring Brothers, envió el dinero de Buenos Aires (1824), con la idea de que esos recursos sean utilizados para la modernización económica.

En 1825, mediante la Ley Fundamental, el Congreso estableció un poder ejecutivo provisorio en manos del gobierno de la provincia de Buenos Aires, que quedaba a cargo de las relaciones exteriores y la guerra. Las provincias conservaban sus autonomías y la constitución que dictase el congreso debía ser ratificada por ellas para entrar en vigencia.

Ese mismo año se firmo el tratado de amistad, comercio y navegación con Gran Bretaña. El Congreso al poco tiempo dicta dos leyes más: Ley de Presidencia y Ley de Capitalización. La primera creaba un poder ejecutivo unipersonal, mientras que la segunda capitalizaba nacionalmente la ciudad de Buenos Aires.

Este Congreso emite tres leyes y una Constitución de carácter unitario y una concepción fuertemente restrictiva en cuanto a otorgar derechos de ciudadanía.

En su artículo 26 establecía que “Se suspenden (los derechos del ciudadano):

  • Por no haber cumplido veinte años de edad,
  • por no saber leer y escribir,
  • por el estado de deudor fallido (…)
  • por el de doméstico a sueldo, jornalero, notoriamente vago o legalmente procesado en causa criminal en la que pueda resultar pena aflictiva o infamante.”

Es decir que toda la clase trabajadora quedaba totalmente excluida de la política, mientras las clases propietarias se aseguraban la administración del gobierno.
Por otra parte la Constitución, no respetaba las autonomías provinciales, ya que según ella era el presidente quien designaba directamente al titular de los estados provinciales. De esta manera excluía a los caudillos de la posibilidad de hacerse fuerte en sus provincias y de decidir sobre los recursos estratégicos de las mismas.
Ante esta Constitución excluyente, los caudillos del Interior se opusieron firmemente a la figura de Rivadavia y al mismo texto constitucional. Rivadavia, sin apoyo interno debe renunciar y el país vuelve a un período de Federalismo de hecho con la Autonomías Provinciales.

Guerras Civiles y la oportunidad de Juan Manuel de Rosas

La Constitución genera un auge de las guerras civiles. Dos sucesos trágicos van a signar este período: el fusilamiento de Manuel Dorrego y el asesinato de Facundo Quiroga. Se crea una anarquía en el gobierno que demanda orden y seguridad para seguir los negocios de la exportación del ganado vacuno.
Será Juan Manuel de Rosas, quien “aproveche” estas dos muertes para organizar sus dos períodos de gobierno (1829-1832 / 1835-1852). Rosas como garantía del orden, exige Facultades Extraordinarias para poder gobernar en Buenos Aires, éstas le son dadas y ampliadas.
Gobernará con mano muy dura y se opondrá al orden constitucional hasta el año 1852 en el que perderá su poder a manos de Justo José de Urquiza en la batalla de Caseros.

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